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Antamina cuenta con un mecanismo de atención de reclamos con el fin de identificar, prevenir y abordar los impactos reales o percibidos de sus actividades. Este mecanismo incorpora un enfoque de Derechos Humanos, atendiendo a los grupos de interés externos que mantienen algún tipo de interacción con Antamina, promoviendo la confianza con el entorno de la compañía.
¿Qué es un reclamo?
Es una expresión de descontento, incomodidad, daño, molestia de un individuo o de un grupo de personas, que implica la ocurrencia de un hecho concreto y la posibilidad de responsabilidad por parte de la empresa.
Por ejemplo, aquellos cuestionamientos relacionados a temas socioambientales, de cumplimiento de compromisos, o por la afectación atribuida a proveedores y/o contratistas.
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Asímismo, hacemos de su conocimiento que no es considerado un reclamo
Reporte de incumplimientos éticos, sucesos ilícitos o situaciones que vayan en contra de nuestro Código de Conducta. Dirigirse a: Línea Ética Antamina
Canales de atención
FOGEL-PODS
De forma escrita
Mediante un documento físico entregado en cualquiera de nuestras oficinas en las Unidades de Gestión Territorial (UGTs), así como en las oficinas de Lima o Huaraz.
Informando al Coordinador de Gestión Social, quien ayudará a formalizar por escrito para facilitar el registro y atención.
Procedimiento
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1
Recepción y registro
El equipo de Antamina recibe el reclamo a través de cualquiera de los canales disponibles
2
Evaluación y derivación
El área encargada verifica si la información que presenta está completa. Se determina si el reclamo es competencia de Antamina o de un tercero.
3
Investigación
En caso se determine que el reclamo es competencia de Antamina, se genera un código y se deriva al área correspondiente para trabajar una respuesta.
4
Respuesta y cierre
Se envía una carta con la respuesta. En caso el reclamante requiera una reconsideración, puede volver a ingresar su reclamo presentando
nuevo sustento.
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Importante:
El plazo de atención del reclamo es de 45 días calendario desde su registro y, de ser necesario, podrá ser ampliado mediante una comunicación oportuna al reclamante. De no haber obtenido una respuesta transcurrido este plazo, el reclamante puede solicitar información a través de los canales de comunicación.